Medicinas y 90% de alimentos no pagan IVA

Quito (Pichincha).- Una de las medidas tributarias propuestas por el Gobierno para ayudar a la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto de 7,8 es incrementar dos puntos al Impuesto al Valor Agregado (IVA); es decir, de 12% se incrementa a 14%.
El Presidente de la República, Rafael Correa, precisó que esta medida, estará vigente durante un año. También se especificó que este impuesto no se contempla para medicinas ni para el 90% de los alimentos.
A propósito de esta resolución, es importante que las personas conozcan cuáles son los alimentos que están exentos de pagar el IVA, los que se amparan en el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno. A continuación los productos que no pagarán este impuesto:
Productos alimenticios de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestales, carnes en estado natural y embutidos; y de la pesca que se mantengan en estado natural, es decir, aquellos que no hayan sido objeto de elaboración, proceso o tratamiento que implique modificación de su naturaleza.
La sola refrigeración, enfriamiento o congelamiento para conservarlos, el pilado, el desmote, la trituración, la extracción por medios mecánicos o químicos para la elaboración del aceite comestible, el faenamiento, el cortado y el empaque no se considerarán procesamiento. Leches en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producción nacional, quesos y yogures. Leches maternizadas, proteicos infantiles.
Pan, azúcar, panela, sal, manteca, margarina, avena, maicena, fideos, harinas de consumo humano, enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha, aceites comestibles,
Semillas certificadas, bulbos, plantas, esquejes y raíces vivas. Harina de pescado y los alimentos balanceados, preparados forrajeros con adición de melaza o azúcar, y otros preparados que se utilizan como comida de animales que se críen para alimentación humana.
Fertilizantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas, herbicidas, aceite agrícola utilizado contra la sigatoka negra, antiparasitarios y productos veterinarios así como la materia prima e insumos, importados o adquiridos en el mercado interno, para producirlas, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establezca el Presidente de la República.
En cuanto a las medicinas, en el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno se establece que estos productos están exentos de pagar el 14% del IVA. / VM/ El Ciudadano